La DGT avisa a los de la Feria de Abril: vestirse de flamenca te puede costar una multa de 200 euros
salen hacia el Real vestidas con su traje de flamenca, una prenda inseparable de la fiesta, de la estética y del ambiente de esos días. El problema es que lo que resulta impecable para pasear, bailar o sentarse en una caseta no siempre encaja igual de bien cuando toca ponerse al volante.
Porque sí, muchas personas llegan a la Feria en coche, y ahí aparece la duda de todos los años: ¿se puede conducir vestida de flamenca o no?
La respuesta corta es esta: sí se puede, porque no existe una prohibición expresa sobre el traje de flamenca en la normativa de tráfico. Pero eso no significa que todo valga.
No hay una prohibición específica, pero sí una obligación muy clara
La clave no está en el nombre de la prenda, sino en cómo afecta a la conducción. El Reglamento General de Circulación obliga al conductor a mantener su libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente a la carretera. Eso aparece de forma expresa en el artículo 18.1 del reglamento.
Dicho de una forma mucho más sencilla: la ley no entra a valorar si llevas traje de flamenca, abrigo largo o cualquier otra ropa concreta. Lo que exige es que esa vestimenta no te impida conducir con seguridad.
Dónde puede aparecer el problema real
Y ahí es donde el traje de flamenca puede complicarse. No por ser un atuendo “prohibido”, sino porque en algunos casos puede limitar el movimiento de piernas, dificultar una postura cómoda al volante o incomodar el uso de los pedales, especialmente si se trata de un vestido muy ceñido, largo o con mucho volumen.
Ese es el punto importante: si un agente entiende que la prenda está afectando a la capacidad de controlar el coche con normalidad, la situación ya deja de ser estética para convertirse en una cuestión de seguridad vial. La base legal seguiría siendo la misma: el deber de mantener libertad de movimientos y control suficiente del vehículo.
No es el traje en sí, es el efecto que provoca al conducir
Ese matiz cambia por completo la lectura. No hay una regla que diga “prohibido conducir con traje de flamenca”, igual que tampoco existe una lista cerrada de prendas vetadas por nombre. Lo que sí hay es una norma abierta que permite sancionar cualquier situación en la que el conductor no conserve las condiciones mínimas de seguridad exigidas por el reglamento.
Por eso dos casos aparentemente parecidos pueden acabar de forma distinta. Una persona puede conducir sin problema con su traje de flamenca si mantiene una postura correcta, llega bien a los pedales y conserva toda la movilidad necesaria. Otra puede encontrarse con que el vestido le tira, le molesta al sentarse, limita el giro o le incomoda lo suficiente como para convertir el trayecto en algo claramente inseguro.
La Feria vuelve a poner el foco en una realidad muy simple
La duda se repite cada año porque la Feria de Sevilla mezcla dos cosas que no siempre casan bien: una prenda muy vistosa y un gesto tan cotidiano como conducir. El traje de flamenca forma parte de la tradición, pero el coche exige otra lógica: comodidad, amplitud de movimientos y control total sobre la conducción.
Y ahí está la conclusión más sensata. Sí, se puede conducir vestida de flamenca, pero solo mientras el traje no interfiera con la seguridad. Si limita los movimientos, complica el manejo de los pedales o impide una postura adecuada, entonces deja de ser un simple vestido de feria y pasa a ser un problema al volante.
En otras palabras: la norma no mira el volante con ojos de moda, sino de seguridad. Y en carretera, eso siempre pesa más que cualquier traje.