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Un informe forense da un giro al caso del piloto del Pegasus de la DGT que estrelló el helicóptero

El helicóptero Pegasus de la DGT estrellado

Más de tres años después del accidente de un helicóptero Pegasus de la Dirección General de Tráfico, un nuevo informe médico introduce una duda que podría resultar importante para el futuro judicial del piloto.

El documento, elaborado por el Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses de la Comunidad de Madrid, concluye que el test de saliva practicado después del siniestro no permite saber con precisión cuándo se produjo el consumo de cocaína ni cuál era el grado de afectación del piloto cuando se encontraba a los mandos de la aeronave.

La conclusión exige un matiz fundamental: el informe no niega el positivo ni demuestra que el piloto estuviera en plenas facultades. Lo que establece es que, con la prueba disponible, no puede reconstruirse científicamente su estado en el momento exacto del accidente.

El accidente del Pegasus en Robledo de Chavela

Los hechos ocurrieron el domingo 5 de marzo de 2023, y no el día 6 como se ha publicado en algunas informaciones iniciales.

El helicóptero, un Eurocopter Aerospatiale AS-355N con matrícula EC-JMK, realizaba un servicio de vigilancia y control del tráfico cuando impactó a las 11:14 horas contra una ladera situada junto a la carretera M-512, en el término municipal de Robledo de Chavela, Madrid.

La aeronave volaba por un valle situado entre Robledo de Chavela y el Puerto de la Cruz Verde cuando sufrió una pérdida de control. En su interior viajaban dos tripulantes y un pasajero. No hubo fallecidos, pero el informe oficial registra dos heridos graves y señala que el piloto resultó ileso.

El piloto fue detenido posteriormente después de ofrecer un resultado positivo en un test de drogas. Las primeras informaciones señalaron la presencia de cocaína y sustancias de la familia de las anfetaminas, por lo que se inició una investigación por un posible delito contra la seguridad aérea.

Qué concluyó la investigación técnica del accidente

El informe elaborado por la Comisión de Investigación de Accidentes e Incidentes de Aviación Civil, conocida como CIAIAC, determinó que la causa probable del accidente fue una pérdida de control durante un vuelo realizado a muy baja altura y velocidad.

La aeronave circulaba por un entorno orográfico exigente y con viento de cola. Según la investigación, esas condiciones fueron valoradas y gestionadas incorrectamente por el piloto.

La pérdida de control comenzó apenas ocho segundos antes del impacto, provocada por una guiñada no anticipada. La escasa altura, la falta de reconocimiento de la situación y unas actuaciones sobre los mandos contrarias a las necesarias hicieron imposible recuperar el helicóptero.

La CIAIAC también señaló varios factores relacionados con el funcionamiento interno de la DGT:

  • Las características de la cultura de seguridad de la Unidad de Medios Aéreos.
  • Una supervisión ineficiente de sus operaciones.
  • La ausencia de procedimientos específicos para cada fase de las misiones de vigilancia y control.

Como consecuencia, la comisión recomendó a la DGT revisar la organización, evaluación y supervisión de su servicio aéreo. También pidió al Ministerio de Transportes impulsar objetivos de seguridad más exigentes para esta clase de operaciones especiales.

El informe técnico, por tanto, atribuye el accidente a factores operacionales y organizativos. Su función es mejorar la seguridad aérea y prevenir nuevos sucesos, no determinar responsabilidades penales.

La gran duda: ¿estaba afectado por la cocaína?

Esta es precisamente la pregunta que trata de responder el nuevo informe forense.

El Juzgado de Instrucción número 3 de San Lorenzo de El Escorial pidió al Instituto de Medicina Legal que determinara si el consumo de drogas había afectado a las facultades físicas o intelectuales del piloto.

También solicitó que se valorara si su capacidad de reacción podía estar reducida cuando se produjo la pérdida de control del helicóptero.

El problema es que solamente se disponía de un test de saliva realizado horas después del accidente. Los médicos explican que este tipo de prueba permite detectar la presencia de una sustancia, pero no proporciona por sí sola una medición suficientemente precisa para conocer el grado de afectación en un momento anterior.

La saliva funciona principalmente como un indicador cualitativo: permite establecer que existe o ha existido contacto con una droga, pero no puede correlacionarse automáticamente con la concentración en la sangre ni con los efectos que experimentaba la persona.

Un positivo que puede permanecer durante días

El informe médico señala que la detección de cocaína en la saliva depende de numerosos factores, como la dosis, la vía de administración, la frecuencia del consumo y las características particulares del individuo.

La sustancia puede aparecer en la saliva pocos minutos después del consumo y mantenerse detectable durante dos o tres días. En personas con un consumo crónico, el resultado positivo podría prolongarse durante más tiempo.

Esto significa que un test positivo confirma la presencia de la sustancia, pero no permite concluir automáticamente que la persona se encontrara bajo sus efectos en ese instante.

Tampoco permite determinar con precisión si el consumo se produjo inmediatamente antes del vuelo, muchas horas antes o incluso durante días anteriores.

Dar positivo no es lo mismo que estar bajo los efectos

Esta diferencia será uno de los puntos esenciales del procedimiento.

Desde el punto de vista científico y jurídico, detectar una droga y demostrar una afectación concreta son cuestiones distintas. Una prueba puede confirmar que una sustancia se encuentra en el organismo sin poder establecer que alteraba la percepción, la coordinación o la capacidad de reacción.

Para responder con mayor precisión habría sido necesario disponer de pruebas cuantitativas y realizadas en un momento más próximo al accidente, como un análisis de sangre acompañado de una valoración clínica.

Al contar únicamente con la saliva, los forenses no pueden establecer una relación fiable entre la cantidad detectada, el momento del consumo y el comportamiento del piloto durante el vuelo.

El informe no exonera automáticamente al piloto

El nuevo documento puede ser favorable para la defensa, porque dificulta demostrar que el piloto manejaba el helicóptero con sus capacidades afectadas por las drogas.

Sin embargo, sería incorrecto afirmar que el informe demuestra su inocencia.

Los forenses no dicen que el piloto estuviera plenamente capacitado. Tampoco sostienen que el consumo no tuviera ninguna influencia. Su conclusión es más limitada: con los datos disponibles, resulta imposible saberlo.

Corresponderá al juzgado valorar el test junto con el resto de las pruebas, entre ellas la investigación técnica, las declaraciones, la actuación del piloto después del accidente y cualquier otro elemento incorporado al procedimiento.

Debe mantenerse, además, la presunción de inocencia mientras no exista una resolución judicial firme.

Una pasajera que no estaba prevista en el vuelo

La investigación también puso el foco en la presencia de una tercera persona dentro del helicóptero.

Además del piloto y del operador de cámara de la DGT, en la aeronave viajaba la esposa de este último. Según las informaciones publicadas sobre la causa, su presencia no estaba autorizada para aquella misión.

El informe oficial de la CIAIAC confirma que había tres personas a bordo, aunque el vuelo formaba parte de una operación de vigilancia y asistencia sobre la red de carreteras.

La presencia de esta pasajera y las circunstancias posteriores al accidente forman parte de un caso especialmente complejo, en el que se mezclan la investigación técnica de seguridad aérea y el procedimiento judicial.

Un caso que entra en una fase decisiva

Según la información publicada, la fase de instrucción ha terminado y el procedimiento se encuentra pendiente de los siguientes escritos de las partes y de la Fiscalía.

El informe forense podría utilizarse para cuestionar que exista una prueba suficientemente sólida sobre la afectación del piloto. No obstante, su alcance será valorado junto con el resto del material acumulado durante más de tres años de investigación.

El positivo continúa siendo un hecho documentado. Lo que permanece sin resolver es si las sustancias detectadas afectaban realmente a sus facultades en el momento en que el helicóptero perdió el control.

Esa diferencia puede parecer pequeña, pero resulta decisiva.

La prueba confirma la presencia de cocaína, pero la ciencia disponible no permite afirmar cuándo fue consumida ni qué efectos tenía sobre el piloto cuando se produjo el accidente.