La letra pequeña de la ITV cada seis meses: afecta a furgones vivienda de más de 10 años, no a todos los coches
La frase suena contundente y, precisamente por eso, ha generado confusión: “la ITV se deberá pasar cada seis meses en vehículos con más de 10 años de antigüedad”. Dicho así, muchos conductores pueden pensar que cualquier coche antiguo, cualquier turismo familiar o cualquier vehículo particular con más de una década tendrá que acudir dos veces al año a la inspección técnica. Pero la realidad es bastante más concreta.
La nueva aclaración afecta sobre todo al mundo del caravaning, las autocaravanas y las furgonetas camperizadas. La Dirección General de Tráfico publicó en marzo de 2026 la Instrucción PROT 2026/04, una actualización de la anterior instrucción de 2023, para adaptar el contenido a los criterios del Ministerio de Industria y Turismo en materia de Inspección Técnica de Vehículos y a novedades normativas surgidas en los últimos años.
La gran diferencia: autocaravana no es lo mismo que furgón vivienda
La clave está en la clasificación del vehículo. Para la DGT, los plazos de la ITV varían en función de si hablamos de una autocaravana, encuadrada como vehículo de categoría M, o de un furgón vivienda, más conocido como furgoneta camperizada, que entra dentro de la categoría N. Esa diferencia no es estética ni depende solo de si tiene cama, cocina o armarios: depende de cómo figure el vehículo en su documentación.
En el caso de las autocaravanas, la frecuencia de inspección queda así: hasta los 4 años están exentas; a partir de los 4 años la ITV es bienal; y cuando superan los 10 años, la inspección pasa a ser anual. Es decir, una autocaravana con más de una década no tiene que acudir cada seis meses, sino una vez al año.
Los furgones vivienda sí pasan cada seis meses si tienen más de 10 años
La situación cambia cuando el vehículo es un furgón vivienda. Según la instrucción de la DGT, estos vehículos deben pasar la ITV de forma anual hasta los 10 años y de forma semestral cuando superan esa antigüedad. Ahí está realmente el titular: no todos los vehículos de más de 10 años, sino los furgones vivienda de categoría N con más de 10 años.
El encaje viene del Real Decreto 920/2017, que regula la ITV. En su artículo 6, el BOE recoge que los vehículos N1, concebidos principalmente para transporte de mercancías y con masa máxima no superior a 3,5 toneladas, pasan la ITV de forma semestral cuando tienen más de 10 años. También indica que los vehículos mixtos aplican la frecuencia correspondiente a la categoría N en la que puedan catalogarse.
Por qué muchas camper salen peor paradas que una autocaravana
La paradoja es evidente. Dos vehículos pueden parecer muy similares a ojos del usuario: ambos pueden tener cama, cocina, mobiliario, depósitos y utilizarse para viajar. Sin embargo, si uno está clasificado como autocaravana y otro como furgón vivienda, sus obligaciones de ITV pueden ser muy distintas.
Una autocaravana de más de 10 años tendrá inspección anual. Una furgoneta camperizada de más de 10 años, si sigue clasificada dentro de la categoría N, tendrá que pasarla cada seis meses. Esa diferencia puede afectar al bolsillo, a la planificación de viajes y al valor de mercado de algunas camper antiguas.
Para muchos propietarios, el problema no es solo pasar más veces por la estación ITV, sino descubrir que el vehículo que compraron como “camper” no tiene el mismo tratamiento administrativo que una autocaravana.
El estacionamiento y la sentencia del Supremo
La instrucción no se limita a la ITV. También recoge criterios sobre parada y estacionamiento. Con carácter general, la DGT recuerda que las autocaravanas pueden parar y estacionar en las mismas condiciones que cualquier otro vehículo, siempre que respeten la normativa y la señalización municipal.
Aquí entra la interpretación del Tribunal Supremo en su sentencia de 13 de marzo de 2018. Según la DGT, el Alto Tribunal entiende que un ayuntamiento puede limitar tiempos de estacionamiento y prohibir acampar, salvo en zonas autorizadas, a caravanas, autocaravanas o similares en vías urbanas o espacios adyacentes. Es decir, estacionar no es lo mismo que acampar, pero los municipios sí pueden regular determinados usos para evitar problemas de tráfico, seguridad o ocupación prolongada del espacio público.
La nueva señal S-128 para puntos de vaciado
Otra novedad incluida en la actualización es la señal S-128, denominada “Punto de vaciado de caravanas y autocaravanas”. Esta señal indica la existencia de un punto de vaciado de aguas residuales para este tipo de vehículos y aparece recogida en el Catálogo de Señales Verticales de Circulación actualizado en 2025.
La DGT también recuerda que las áreas de acogida o acampada deben ofrecer servicios adecuados para estos vehículos y estar bien señalizadas. El crecimiento del caravaning ha hecho que este tipo de infraestructuras tengan cada vez más importancia, especialmente en zonas turísticas y municipios con alta presencia de autocaravanas y campers.
El mensaje importante para los conductores
La lectura práctica es sencilla: antes de asumir que tu vehículo debe pasar la ITV cada seis meses, hay que mirar la ficha técnica. Si se trata de una autocaravana de categoría M, el plazo tras los 10 años será anual. Si es un furgón vivienda de categoría N y supera los 10 años, entonces sí entra en la inspección semestral.
La confusión nace de meter en el mismo saco a todos los vehículos de más de 10 años. Y no es así. Un turismo normal de categoría M1 sigue con ITV anual cuando supera los 10 años, mientras que la semestralidad afecta a categorías concretas como los vehículos N1 de más de una década, entre ellos muchos furgones vivienda.
Para los propietarios de camper, la novedad no está tanto en que “el BOE obligue a todos los antiguos”, sino en que la DGT ha puesto negro sobre blanco una diferencia que puede cambiar mucho la vida útil y el coste de mantenimiento de una furgoneta camperizada. En un mercado donde estos vehículos han crecido con fuerza desde la pandemia, esa línea entre autocaravana y furgón vivienda ya no es un tecnicismo: puede significar pasar la ITV una vez al año o tener que hacerlo cada seis meses.