Le meten 300 euros en un radar de tramo a 100 km/h y es que el radar multaba a 80
La DGT ha tenido que dar marcha atrás en una de esas situaciones que dañan especialmente la confianza del conductor en el sistema sancionador: imponer multas por exceso de velocidad en un tramo donde la señalización vial indicaba una cosa y el radar aplicaba otra. El caso se ha producido en la A-7, entre San Roque y Algeciras, en la provincia de Cádiz, y ya ha terminado con la revocación de dos multas impuestas a un mismo conductor.
El problema, según la información conocida, estaba en una discrepancia muy concreta pero de enorme trascendencia práctica. Mientras la carretera mostraba un límite de 100 km/h, el radar de tramo estaba funcionando con un umbral de 80 km/h. Ese desfase provocó sanciones que finalmente la propia Administración ha dejado sin efecto.
No se trata de un matiz técnico menor. Se trata de una contradicción entre lo que el conductor ve en la carretera y lo que el sistema utiliza para castigarle. Y cuando eso ocurre, el problema ya no es solo una multa: es la credibilidad del control.
Dos multas anuladas y una resolución que admite el fallo
El conductor afectado había recibido dos sanciones en ese mismo tramo. Una ascendía a 300 euros y la otra a 100 euros. Ambas se derivaban de excesos de velocidad calculados por el radar de tramo con referencia a los 80 km/h.
Tras la reclamación presentada por el afectado, la DGT revisó el expediente y terminó admitiendo que no procedía mantener las sanciones. En su resolución, citada en la información publicada, el organismo acordó la revocación de oficio de ambas multas al amparo del artículo 109.1 de la Ley 39/2015, la norma que regula el procedimiento administrativo común.
Ese detalle jurídico importa porque deja claro que no fue un simple gesto discrecional. La Administración asume que existía una base suficiente para corregir su propia actuación. En otras palabras: no es que la multa se retire por benevolencia, sino porque no debía haberse impuesto en esas condiciones.
El origen del problema: 100 km/h para el conductor, 80 km/h para el radar
Aquí está el núcleo de toda la polémica. El conductor sancionado defendía que circulaba por un tramo donde la señalización visible marcaba 100 km/h, mientras que el radar estaba configurado para sancionar por encima de 80 km/h.
La contradicción no puede ser más delicada. El sistema sancionador de tráfico se basa en una premisa elemental: que el conductor conozca con claridad cuál es el límite aplicable. Si esa certeza desaparece, también se debilita la legitimidad de la sanción.
Eso explica que la reclamación prosperara. Si el usuario adapta su velocidad a la señal que ve y, aun así, recibe una multa porque el radar maneja otro límite, el problema deja de estar en la conducta del conductor y pasa a estar en la propia Administración.
Las multas se remontan a septiembre y octubre de 2025
Los hechos que han dado lugar a esta revocación no son recientes. Según la información difundida, las sanciones se produjeron los días 22 de septiembre y 15 de octubre de 2025, cuando el conductor, trabajador de Arreza Seguros, circuló por ese tramo de la A-7.
En ambos casos, el radar de tramo calculó una velocidad media superior a los 80 km/h y activó el procedimiento sancionador. El afectado, sin embargo, alegó desde el principio que el límite señalizado era de 100 km/h, por lo que consideró que las denuncias eran ilegales.
Ese desfase temporal también añade un elemento incómodo: durante meses, el sistema ha podido seguir operando bajo una configuración errónea o, al menos, contradictoria con la señalización existente.
La DGT tapa los indicativos del radar para evitar más sanciones problemáticas
Una de las consecuencias más llamativas del caso es que, según la información publicada, los operarios de tráfico han procedido a tapar los indicativos de velocidad del radar para evitar nuevas multas en las mismas condiciones.
Ese movimiento tiene una lectura evidente. Si el sistema sigue generando dudas sobre el límite aplicable, mantener su visibilidad o su funcionamiento como si nada hubiera pasado solo aumentaría el problema. Tapar esos indicativos no resuelve por sí solo el fondo del asunto, pero sí revela que el error no era una simple interpretación aislada del conductor.
Y ahí surge la gran inquietud: si ya se han anulado dos sanciones por este motivo, la duda lógica es cuántas más pudieron haberse impuesto sobre la misma base.
El temor de fondo: puede haber más conductores afectados
Este es, probablemente, el aspecto más sensible de todo el episodio. Los radares de tramo instalados en esa zona fueron colocados en agosto de 2025 y, según se apunta, podrían haber llegado a sancionar a cientos de personas.
Desde Arreza Seguros se ha advertido precisamente de esa posibilidad: que haya más conductores que hayan recibido o incluso abonado multas que podrían estar afectadas por la misma irregularidad. Si se confirma ese escenario, la dimensión del caso dejaría de ser individual para convertirse en un problema mucho más amplio, tanto jurídico como reputacional.
Porque una cosa es corregir dos expedientes tras una reclamación bien fundamentada. Otra, mucho más seria, es afrontar la posibilidad de que un radar haya estado castigando a numerosos usuarios bajo un criterio incompatible con la señalización visible de la vía.
Qué es un radar de tramo y por qué este error es especialmente grave
Un radar de tramo no mide la velocidad puntual en un único punto de la carretera. Lo que hace es calcular la velocidad media de un vehículo entre dos puntos de control. Para ello, registra la matrícula y la hora de paso al inicio y al final del recorrido, y a partir de esa información determina si el conductor ha superado el límite establecido.
Ese sistema tiene una ventaja evidente para la Administración: castiga no solo un exceso puntual, sino una conducta sostenida a lo largo de varios kilómetros. Pero precisamente por eso exige una base especialmente sólida. Si el límite de velocidad aplicado no coincide con el que el conductor percibe en la carretera, el margen de error no afecta a una instantánea, sino a toda la lógica del control.
Y ahí está la gravedad de este caso. Un radar de tramo no admite ambigüedades en la señalización. Sin una referencia clara y coherente, el sistema deja de ser una herramienta de seguridad vial para convertirse en una fuente de conflicto administrativo.
Más allá de Cádiz: el episodio golpea el relato de seguridad de la DGT
La DGT lleva meses reforzando su estrategia de vigilancia con nuevos radares, más tecnología y una presión creciente sobre la velocidad. Pero casos como este alimentan de nuevo un debate que nunca termina de cerrarse: el equilibrio entre seguridad vial y seguridad jurídica.
Porque el conductor puede aceptar un control severo si las reglas están claras. Lo que difícilmente acepta es una sanción apoyada en un límite distinto al que le marca la carretera. Y eso es lo que convierte este episodio en algo más que un error local.
Lo que ha ocurrido en la A-7 entre San Roque y Algeciras no solo obliga a revisar esas multas concretas. También obliga a preguntarse cuántos sistemas están funcionando con la precisión y coherencia que exige un modelo sancionador cada vez más automatizado. En tráfico, como en cualquier otro ámbito, no basta con vigilar más. También hay que vigilar mejor.